Henry Parot |
El Tribunal Supremo estableció en 2006 la doctrina Parot para determinar que los beneficios penitenciarios a los que accede un recluso deben aplicarse individualmente sobre cada una de las penas por las que haya sido condenado y no sobre el límite máximo de estancia en prisión de 30 años.
El Tribunal de Derechos Humanos con sede en Estrasburgo ha desautorizado la doctrina Parot en el caso de la terrorista Ines del Rio Prada.
Para los normalizadores -independentistas y socialistas en su mayoría- esta sentencia de Estrasburgo significa que Europa también ha asumido que en el País Vasco se viven tiempos nuevos; mientras que para las víctimas del terrorismo y muchísimos españoles esta sentencia -en el aniversario de la muerte de Miguel Ángel Blanco y con un socialista español en el tribunal- se asemeja a un escupitajo a los asesinados por Ines del Rio Prada y demás etarras que intentarán que en su caso se derogue también la doctrina Parot en su caso.
A mí me parece lúcido como casi siempre el análisis que realiza Victoria Prego en El Mundo con el título: La tardanza es la condena.
"España es hoy, una vez más, víctima de sí misma", escribe la periodista y encadena una sucesión de tardanzas que recuerdan a Mariano de Larra y el famoso "vuelva usted mañana".
Para el Tribunal de Estrasburgo "los Estados son libres para modificar su política criminal, especialmente para reforzar la represión de los crímenes y delitos". Y en 1973 y su Código Penal (su no modificación, más bien) se encuentra el punto de partida que ha llegado hasta la sentencia de Estrasburgo.
Siguiendo a la periodista: en 1973 el Código Penal del franquismo no contemplaba unas penas específicas contra una banda criminal organizada (ETA, la Mafia, la Yihad...) que, en el caso del terrorismo etarra, se ha cobrado la mayoría de víctimas en democracia.
Veintidós años hubo que esperar, hasta el último en el que gobernó Felipe González, 1995, para que se acabara con la aplicación automática de las redenciones de penas; y hasta 2003 el Gobierno no aumentó la pena máxima a imponer a terroristas de 30 a 40 años.
Para esa fecha, los terroristas comenzaron a salir a la calle con reducción de penas por haber estudiado en la universidad, buen comportamiento... y el Gobierno decidió aplicar en 2006 la doctrina Parot "cuya retroactividad ha sido descalificada en Estrasburgo".
Dejemos de buscar enemigos en el exterior cuando la culpa reside en su mayor parte en la vagancia (y el temor: el PSOE en época de González tuvo miedo de endurecer un código penal que provenía del franquismo) de la que ha dado muestra nuestra clase dirigente, el "vuelva usted mañana" que parece presidir nuestros actos..., y recordemos que ETA subsiste y también otras amenazas como esa Mafia italiana que advierte Francesco Forgione en Mafia Export (reseña mía sobre el libro aquí) que ha encontrado en España -aunque tras el 11M en menor grado- un refugio gracias a nuestras permisivas leyes. Más que de un todos contra Estrasburgo o españoles contra españoles que esta sentencia sirva para mejorar las leyes existentes.
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