lunes, 3 de octubre de 2011

Reinas medievales de España, de María Jesús Fuente


María Jesús Fuente publicó en 2003 un libro sobre distintas reinas medievales españolas (ahora repite biografiando otras mujeres en Velos y desvelos: cristianas, musulmanas y judías en la España medieval):  Urraca, Peronila, Berenguela, Teresa Gil de Vidaurre, María de Molina, Leonor de Guzmán, María de Luna, María de Castilla. Juana de Portugal y Juana Enríquez.
Para la historiadora: "Hasta el siglo X se habían acuñado dos tradiciones, una pasiva y restrictiva de los  papeles de las reinas, otra más dinámica y con más potencial para permitir a la mujer participar de forma  más activa en la vida política del reino. La primera se encuentra en el reino astur – leonés, la segunda en los núcleos políticos de la parte del Pirineo, en especial en el reino de Pamplona". Aunque: "Esas  características iniciales fueron evolucionando tanto en el tiempo como en el espacio. Así, según fue  avanzando la Edad Media, la situación de las reinas fue cambiando en los dos grandes espacios  peninsulares, Castilla y Aragón, y al final de la Edad Media había claras diferencias entre ambas Coronas.  En Castilla, donde en los siglos centrales de la Edad Media hubo reinas como Doña Urraca (1109 –1126)  o regentes como María de Molina (1284 – 1321), en los siglos finales de la Edad Media ninguna mujer  ejerció el poder hasta Isabel I la Católica (1474 – 1504); el papel de la mayoría de las reinas se reducía  prácticamente al de “Estheres” intercesoras ante el rey. En la Corona de Aragón, a pesar de las leyes restrictivas para que las mujeres pudieran ejercer el poder, se encuentra la fórmula de la lugartenencia, y el  siglo XV hay poderosas figuras de mujer que participaron de forma muy activa en la política del reino.  María de Luna (1396 – 1406), María de Castilla (1416 – 1458) o Juana Enríquez (1458 – 1468) fueron  auténticas gobernantes".

Apunte: En Velos y desvelos, apenas hay un esbozo de las mujeres biografiadas, no como en este de  Reinas Medievales, y con ese pequeño trazo y libros sobre cómo debía comportarse una mujer se intenta  dar una imagen de conjunto. Aquí no es necesario, aunque no de todas las mujeres se tiene la misma  información y hay que tener en cuetna quién escribió sobre ellas y el porqué (aunque pueda decir más cómo la veían sus contemporáneos o sus sucesores: es decir, cuál es el papel que debía representar)".

Algunos datos:
Urraca: “Si cuando heredó el reino no tenían una buena preparación para ejercer la monarquía, desde 1107, que enviudó de Raimundo, hasta 1113, que finalmente abandonó la idea de continuar con Alfonso, pasaron seis años que fueron de un extraordinario aprendizaje para Urraca”.
Petronila: “Nueve meses después de la boda nació la princesa Petronila (11 de agosto de 1136). Tan pronto como se conoció el sexo del recién nacido, Ramiro se apresuró a tomar medidas para transmitir el poder. Su hija sería la receptora del regnum, pero según la costumbre del reino de Aragón una mujer no podía ejercer la potestas. Sólo un hombre, el hijo o el yerno del rey, tendría derecho a hacerlo. La “casa” en el derecho aragonés no es simplemente el espacio físico en el que se habita. La “casa” es toda la propiedad de la familia: casa, tierras y otras construcciones o posesiones. Unidos a la “casa” van los derechos y obligaciones hacia ella. Uno de los hijos será el heredero de la “casa” y, por tanto, heredará la propiedad junto a sus derechos y obligaciones. Si hay un único heredero, éste se verá en la obligación de casarse para asegurar el mantenimiento y continuación de la “casa”. En el ámbito de esta institución se desarrolla lo que se llama el “casamiento en casa”. El heredero contrae matrimonio con idea de continuar la herencia familiar y mantener las obligaciones hacia sus mayores. Si el heredero falleciera, su cónyuge, considerado ya como parte de la “casa”, tendrá la obligación de continuar la labor del fallecido. Si para asegurar la herencia tiene que casarse de nuevo, puede hacerlo libremente. Los hijos nacidos del heredero o del nuevo cónyuge serán los continuadores de la “casa”, y ellos se encargarán de los mayores, sus abuelos biológicos o “adoptados”, a quienes tendrán obligación de mantener y cuidar hasta el fin de sus días”.
Berenguela: “Alfonso y Berenguela eran parientes en tercer grado. A pesar de ello y sin la necesaria dispensa eclesiástica, contrajeron matrimonio y tuvieron cinco hijos. En 1204 el papa Inocencio III ordenó la anulación del matrimonio, aunque a los cuatro hijos que sobrevivieron los consideró legítimos. Ésta era la segunda anulación de un matrimonio de Berenguela. En esta ocasión ni la infanta ni su marido querían separarse; al contrario, para poder permanecer juntos ambos solicitaron vehementemente la dispensa del Papa, que la denegó”.
Teresa Gil de Vidaurre: “Teresa y Jaime fueron lo que después se ha llamado un matrimonio morganático. El matrimonio morganático era aquel en el que el contrayente contribuía solamente con los bienes que entregaba en la mañana de las nupcias. Proviene del latín ad morganaticam, y se relacione con el término morgengabe (el regalo del día siguiente de la boda, que premiaba la virginidad de la recién desposada). En el vocabulario actual se aplica la expresión matrimonio morganático para designar a la unión entre una persona de sangre real, un rey o un príncipe, y otra que no lo es”.
María de Molina: “Entre las locuras de juventud de su hijo y su enfermedad María se vio obligada a intervenir en los asuntos más importantes de su reinado. Entre ellos hay que destacar la ocupación del reino de Murcia, pretendido por el reino de Aragón, o el pacto con el señorío de Vizcaya resuelto en las Cortes de Valladolid, y cuyos documentos se confían a ella. Intervino también en el problema de la disolución del Temple. En contra de los intereses del Maestre de esta orden militar, María se alineó con el Papa”.
María de Luna: “María consideraba los malos usos como contrarios al derecho divino y humano, y un atentado al honor de la nación catalana. En su lucha por abolirlos pidió ayuda a su pariente el papa Luna Benedicto XIII, a quien informaba de que “desde hace mucho tiempo está establecida la depravada y detestable o costumbre o servidumbre denominada con nombres diversos, a saber cugucia, exorquia, intestia y arcina…”, y le suplicaba hacer todo lo posible para extirpar esas costumbres detestables. No lo consiguió, pues el Papa no tenía ninguna intención en enfrentarse con la alta nobleza y el alto clero por un asunto como éste”. 
Juana de Portugal: “La decisión del monarca de casarse por segunda vez lleva a la discusión acerca de la capacidad sexual de Enrique IV. Si el monarca no había conseguido consumar su matrimonio con Blanca de Navarra, nada llevaba a pensar que pudiera consumarlo con otra mujer. Se había difundido la idea de que el monarca era impotente, lo que, según las creencias de la época, le venía de que en sus años mozos, antes de su primer matrimonio, había sido muy activo “en abusos y deleites… de donde le vino la flaqueza de su ánimo y disminución de su persona”. Esos “abusos” serían, probablemente, de carácter homosexual. Si el rey era homosexual no era impotente. De la misma manera que se sospechaba que había tenido relaciones sexuales con hombres, algunas mujeres del pueblo, de Segovia en concreto, afirmaban haber tenido relaciones con el monarca. Su inhibición sexual era probablemente selectiva, y la imposibilidad de consumar el matrimonio con su esposa podría ser un problema psicológico, demostrado en otros hombres. “Hechizado” lo consideraban en su época, es decir, no podía tener relaciones con la reina por un hechizo que no se lo permitía, pero el rey era capaz de tener relaciones con otras mujeres”. 
Juana Enríquez: “Juana, hija del almirante de Castilla, era la segunda esposa del rey de Aragón, viudo
 de la reina de Navarra. El matrimonio de Juana Enríquez con Juan II era una buena jugada en el tablero de estrategias políticas de la nobleza castellana. Juan, uno de los infantes de Aragón inmortalizados por Jorge Manrique en las Coplas por la muerte de su padre, se casaba con una de las mujeres de la más alta alcurnia castellana, la del Almirante de Castilla, perteneciente al bando opuesto a Don Álvaro de Luna. Aunque los esponsales se realizaron en 1444, la boda no tuvo lugar hasta 1447, cuando Juan II tenía 49 o 50 años y la joven Juana, 22. Su parentesco hizo necesario pedir la correspondiente dispensa a Roma. Al fallecer Alfonso V en Nápoles en 1458, Juana y su esposo Juan recibieron los territorios peninsulares de la Corona de Aragón. Tan pronto como subió al trono, Juana empezó a maniobrar para conseguir su objetivo de que los reinos de Aragón y de Valencia, así como el principado de Cataluña, fueran para su hijo primogénito, el príncipe Fernando”.
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